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    Lesa humanidad: Casación ratificó condenas y revocó absoluciones en una causa por crímenes en Neuquén y Río Negro

    La Sala IV del máximo tribunal penal federal del país confirmó las condenas impuestas en 2012 por el Tribunal Oral Federal de Neuquén. Entre los condenados están Osvaldo Laurella Cripa, Enrique Olea, Oscar Reinhold, Sergio San Martín y Raúl Guglielminetti

    La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal integrada por los jueces Juan Carlos Gemignani, Gustavo M. Hornos y Ana María Figueroa, dictó una sentencia definitiva en una causa de lesa humanidad de la jurisdicción de Neuquén, caratulada “LUERA, José Ricardo y otros s/recurso de casación” (causa Nº 647/2013, Reg. N°325).

    En el fallo fueron confirmadas las condenas dictadas por el Tribunal de la instancia anterior –TOCF de Neuquén–, revocadas las absoluciones y ampliadas las condenas impuestas.

    Específicamente, la Sala resolvió, por unanimidad, rechazar los recursos interpuestos por las defensas de Osvaldo Laurella Cripa, Enrique Braulio Olea, Oscar Reinhold, Sergio Adolfo San Martín, Jorge Eduardo Molina Ezcurra, Jorge Ricardo Luera, Raúl Guglielminetti, Antonio Alberto Camarelli, Enrique Charles Casagrande, Gustavo Vittón, Máximo Ubaldo Maldonado, Miguel Ángel Quiñones y Francisco Julio Oviedo; condenados por delitos de lesa humanidad cometidos en las provincias de Río Negro y Neuquén durante la última dictadura.

    Asimismo, se dispuso revocar las absoluciones de Emilio Sachitella y Jorge Osvaldo Gaetani. El primero de ellos, fue condenado como partícipe necesario del delito de privación ilegal de la libertad agravada por el empleo de violencia y aplicación de tormentos en perjuicio de Ernesto Joubert; mientras que al segundo se lo consideró partícipe necesario del delito de privación ilegal de la libertad agravada por el empleo de violencia, hecho en el que resultara víctima Virginia Recchia.

    Finalmente, por mayoría, el tribunal revocó las absoluciones y amplió las condenas impuestas a los acusados mencionados en el primer párrafo por el delito de tormentos agravados por ser la víctima perseguido político, cometidos contra Raúl Sotto, Ricardo Novero y Oscar Dionisio Contreras, remitiendo al tribunal de grado para una nueva fijación de penas.

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