X
X
/
    corte suprema de justicia de la nación cámara federal de casación penal sala iv cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal régimen de subrogancias cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal tribunal oral en lo penal económico n° 3 cámara federal de casación penal juzgado federal n° 3 de mar del plata cámara nacional de apelaciones en lo criminal y correccional cámara nacional de apelaciones en lo criminal y correccional
    X
    corte suprema de justicia de la nación cámara federal de casación penal sala iv cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal régimen de subrogancias cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal tribunal oral en lo penal económico n° 3 cámara federal de casación penal juzgado federal n° 3 de mar del plata cámara nacional de apelaciones en lo criminal y correccional cámara nacional de apelaciones en lo criminal y correccional
    X

    Admiten como querellante a una fundación en una causa por trata de personas con fines de explotación laboral

    Lo resolvió el Juzgado Federal N° 3 de Mar del Plata. El tribunal consideró que los hechos investigados constituyen “graves violaciones a los derechos humanos”, para los que se encuentra prevista la posibilidad a ONG de constituirse en parte querellante

    El Juzgado Federal N° 3 de Mar del Plata resolvió tener por parte querellante a la “Fundación Alameda por la lucha contra el trabajo esclavo” en una causa en donde se investiga el delito de trata de personas con fines de explotación laboral de un significativo número de víctimas con sus hijos en un predio rural de las afueras de esa ciudad.

    Según la resolución, “concurren en autos los extremos legales para legitimar la actuación de la fundación ‘La Alameda’ en autos como querellante particular por cuanto los hechos aquí ventilados constituyen, como se dijo, hipótesis de graves violaciones a los derechos humanos cuestión que, según el estatuto de la entidad, atañe al objeto de la misma en los términos del art. 82 bis. del C.P.P.P.N., reuniendo por lo demás la presentación de fs. 1391/1394 los recaudos establecidos en los incisos 1, 2, 3 y 5 del art. 83 del citado ordenamiento por contener la misma la razón social y domicilio legal del querellante, una relación sucinta de los hechos en que se funda, la acreditación de los extremos de personería que invoca, habiéndose acompañado además copia fiel de los instrumentos que acrediten su constitución conforme a la ley y finalmente la petición de ser tenido por querellante y la firma”.

     

     

     

     

     

    3
    Últimos fallos
    Acordadas y resoluciones