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La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces Gustavo M. Hornos (presidente), Juan Carlos Gemignani y Eduardo Rafael Riggi, confirmó la sentencia condenatoria dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal Nº 23 de la Capital Federal en la que se condenó a un imputado a la pena de 20 años de prisión por el delito de abuso sexual agravado por haber mediado acceso carnal, calificado por el uso de arma y por el delito de resistencia a la autoridad (arts. 119, 3er. párrafo, 119, 4to. párrafo, inc. d) y 239 del C.P.).
Se comprobó que el acusado, en forma separada y en distintos días y lugares, siguió a las niñas S.M.C y W.N.G.B., ambas de 17 años de edad, cuando salían, con sus correspondientes uniformes estudiantiles, a las 7 de la mañana, de sus domicilios rumbo a sus respectivos colegios, interceptándolas para luego conducirlas a un lugar apartado y accederlas carnalmente, circunstancias que se tuvieron en cuenta a los fines del monto de la pena.