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El juez Daniel Rafecas, en el marco de la megacausa que investiga la actuación del Primer Cuerpo del Ejército, dictó el procesamiento con prisión preventiva de cinco personas que habrían actuado en el centro clandestino de detención Cuatrerismo o Protobanco.
El centro clandestino Cuatrerismo funcionó aún antes de la última dictadura militar, a cargo del Ejército y de la Policía Bonaerense, en el cruce del Camino de Cintura y la autopista Ricchieri, frente al centro clandestino El Vesubio, y en él también actuaron algunos integrantes de la organización paramilitar denominada la Triple A, liderada por Aníbal Gordon.
En la resolución se tuvo por probado que varias de las víctimas alojadas en el centro de detención egresaron del mismo para su segura e inmediata muerte, bajo la forma de traslados que encubrían el verdadero destino de las víctimas.
El juez probó en su resolución que al menos cuatro víctimas fueron trasladadas desde Cuatrerismo y ejecutadas mediante la simulación de enfrentamientos armados, modalidad que respondería a la lógica que en otro tramo de la investigación pretende desentrañar Rafecas, mediante el estudio de los expedientes Consejo de Guerra Especial Estable que se avocó durante la dictadura a la supuesta investigación de tales hechos, y que fue, de acuerdo a la apreciación del juez, el organismo que garantizó la impunidad de tales crímenes.
En su resolución, el juez acreditó que doce de las víctimas que permanecieron en Cuatrerismo fueron asesinadas inmediatamente después del traslado, y responsabilizó por tales crímenes al coronel Héctor Humberto Gamen, en su carácter de segundo comandante de la Subzona territorial 11; al teniente coronel del Ejército Hugo Idelbrando Pascarelli, por su desempeño como Jefe del Área 114 en la cual estaba el centro de detención; al comisario general Miguel Osvaldo Etchecolatz, quien se desempeñara a cargo de la Dirección de Investigaciones de Policía de la provincia de Buenos Aires; al comisario Miguel Colicigno, quien habría estado a cargo de la División Cuatrerismo mientras funcionó en ella el centro de detención, y al comisario Fernando Svedas, quien también prestó funciones en el lugar.
Rafecas sostuvo que los nombrados actuaron como partícipes necesarios de los homicidios de doce víctimas, al mantenerlas cautivas en el centro de detención bajo condiciones infrahumanas y aplicación de torturas orientadas a obtener su despersonalización, y al entregar a las víctimas para su homicidio.
Este mismo temperamento había sido ya adoptado por Rafecas al analizar los hechos que tuvieron lugar en el centro de detención “Atlético, Banco, Olimpo”, en donde los traslados-homicidos fueron atribuidos a las autoridades y personal que hacía la custodia de los detenidos en el centro de detención.
Por los delitos cometidos en este centro clandestino, el 17 de diciembre del año pasado, el juez dictó la clausura y elevó a juicio las actuaciones con respecto a otros once represores que habrían actuado en el lugar y en la Comisaría de Monte Grande, la cual funcionaba como parte del circuito represivo de la Subzona 11.