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La Sala III de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata integrada por los jueces Antonio Pacilio y Carlos Nogueira, en el marco de una acción de hábeas corpus articulada por el Procurador Penitenciario Nacional, consideró que las condiciones edilicias y de higiene denunciadas constituyen un ilegítimo agravamiento de las condiciones de detención de los internos que residen en distintos pabellones del Complejo Penitenciario n° 1 de Ezeiza, ordenando su cese.
El Tribunal dispuso que el juez de primera instancia luego de elaborar un diagnóstico de situación con auxilio de profesionales con experticia en la materia que pertenezcan a una institución pública nacional, deberá confeccionar un plan de saneamiento integral que garantice la seguridad y habitabilidad según los estándares que rigen la materia, ordenado al Servicio Penitenciario Federal ejecutar el plan de obras con control del juez y la intervención de las partes.