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La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces Gustavo M. Hornos, Juan Carlos Gemignani y Mariano Hernán Borinsky, revocó un fallo dictado en 2013 por el Juzgado Nacional en lo Correccional Nº 9 que había concedido la suspensión del juicio a prueba a un imputado acusado como autor del delito de lesiones leves.
Se trata del caso de un hombre que agredió físicamente a su entonces pareja, para lo que le aplicó varios culatazos con un arma en la cabeza, al momento que ésta se cubría con sus manos, atacándola luego con golpes de puño y patadas en todo el cuerpo.
Los jueces de la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal sostuvieron que es improcedente la suspensión del juicio a prueba en casos de violencia de género. Analizaron la “Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer” (“Convención Belem do Pará” ratificada por la República Argentina mediante ley 24.632 –B.O. 09/04/1996-) y la doctrina sentada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el caso “Góngora”, por el que se estableció que la aplicación de la probation no tiene lugar en los casos de violencia de género.