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El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 2 de Córdoba comenzó a escuchar este jueves las declaraciones testimoniales en el marco del juicio oral por la explosión en la Fábrica Militar de Río Tercero, ocurrida en 1995 en aquella provincia.
Durante la jornada, el tribunal -integrado por los jueces Carlos Julio Lascano, José Pérez Villalobo y Mario Eugenio Garzón- escuchó la declaración testimonial de dos peritos oficiales ingenieros que realizaron las pericias en el momento de los hechos.
En primer lugar, declaró el ingeniero Oscar Sicilia quien describió las pruebas que se hicieron para tratar de determinar cuál fue el material explosivo. Según su conclusión, el material explosivo no fue trotyl por la manera y la velocidad de quemar.
El segundo testigo de la jornada fue el ingeniero Héctor Zanoni.
Luego de escuchar las declaraciones, el tribunal dispuso un cuarto intermedio hasta el 19 de agosto, donde se continuará con la declaración de nuevos peritos.
En el proceso son juzgados Carlos Jorge Franke, Edberto González de la Vega, Jorge Antonio Cornejo Torino y Daniel Marcelo Gatto (todos funcionarios de la Dirección General de Fabricaciones Militares), por el delito de estrago doloso.
Está previsto que durante el transcurso de la audiencia declaren 36 testigos propuestos por el Ministerio Público Fiscal que ya prestaron declaración en la etapa de instrucción y se incorporarán 89 testimonios por su lectura. En tanto, se prevé que haya siete testigos nuevos propuesto por la Fiscalía y uno por la querella.
La prueba documental consta de 220 informes técnicos elaborados por diferentes dependencias que intervinieron en las distintas etapas de investigación a las que se agrega abundante prueba informativa y pericial.
El hecho atribuido
De acuerdo al auto de elevación a juicio, el hecho atribuido “consistió en haber provocado el día 03/11/95, a las 08:55 horas aproximadamente, por intermedio de persona o personas cuya identidad a la fecha aún se desconoce, de manera intencional, programada y organizada, el incendio de un tambor que contenía en su interior mazarota de trotyl o trotyl de descarga, ubicado en un tinglado existente en la Planta de Carga de la FMRT (cercano al edificio 1-2), ignición que luego de haberse extendido repentinamente al resto de los tambores estibados en el lugar y con gran desarrollo de sus llamas, fue seguido a pocos minutos de dos explosiones simultáneas ocurridas en el mismo tinglado, obteniendo como resultado de dicho accionar el direccionamiento de la onda expansiva. Asimismo, habiendo transcurrido unos minutos de ese primer estallido y con idéntica modalidad (intencional, programada y organizada), se provocó por intermedio de persona o personas cuya identidad a la fecha aún se desconoce, otra explosión de mayor magnitud que las anteriores, la que tuviera lugar en los depósitos de Expedición y Suministro situados hacía el sector sur de la Planta de Carga, los que en su interior contenían una gran cantidad de explosivos, municiones y proyectiles, detonación ésta que generó una gran onda expansiva que dispersó de manera violenta tales proyectiles y esquirlas sobre la población de Río III, afectando con mayor intensidad al barrio Las Violetas, como también otros ubicados en las inmediaciones de la Fábrica Militar siniestrada. Todo ello se habría efectuado con el objeto de ocultar un faltante de proyectiles, municiones y/o explosivos, cuya existencia, de acuerdo a la pericia contable efectuada en autos, en base al último balance realizado del día 31-10-95, ascendía a las 72.405 piezas de artillería (proyectiles, y/o cartuchos y/o tiros completos) en tanto que de acuerdo a la documentación aportada por las autoridades de la fábrica, era de 58.422 unidades (49.948 proyectiles y 8.474 cartuchos), lo que evidencia una grave irregularidad y/o imprecisión contable adrede (…) Como consecuencias de los hechos, perdieron la vida de manera directa y/o indirecta Aldo Vicente AGUIRRE, Leonardo Mario SOLLEVELD, Romina Marcela Susana TORRES, Laura Andrea MUÑOZ y Hoder Francisco DALMASSO, el mismo día 3 de noviembre de 1995, mientras que José Andrés VÁRELA y Elena Sofía RIBAS de QUIROGA, los días 4 y 7 del mismo mes y año, respectivamente; así como lesiones a un número no determinado de personas y cuantiosos daños materiales a la población de la ciudad de Río Tercero.”