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La Cámara Federal de Apelaciones de Salta, integrada por los Dres. Jorge Luis Villada y Miguel Antonio Medina (en feria), mediante resolución del día 16 de julio del presente año resolvió en la causa FSA 11263/2013/CA3 caratulada: “Aguilar, Martha Mauriel s/infracción a la ley 26.364” originaria del Juzgado Federal N° 1 de Salta, confirmar el procesamiento de Martha Mauriel Aguilar, en orden al delito de captación y transporte de personas con fines de explotación, doblemente agravado en razón de tratarse la víctima de una menor de edad y por el uso de amenazas, previsto y sancionado por los arts. 145 bis y 145 ter del Código Penal.
El hecho se descubrió el día 20 de noviembre de 2013 cuando personal de Gendarmería Nacional, controló a un ómnibus de transporte público procedente de La Quiaca con destino a la Ciudad de Buenos Aires, y al sospechar de la finalidad por la cual una niña de 14 años de edad (quien se presentó con un documento falso que señalaba que tenía 20 años de edad) era transportada por su acompañante -Aguilar- desde la República de Bolivia hacia la Capital Federal, decidió proceder a interrogar a la menor, quien en ese lugar requirió con angustia y llantos el socorro de la fuerza de seguridad, señalando que su captora pretendía llevarla a trabajar a un local de comidas que en aquella ciudad.
La prueba esencial para concluir sobre la responsabilidad de Aguilar, surgió del relato que la menor efectuó en Cámara de Gesell que la justicia practicó (conforme la ley de trata de personas establece que debe llevarse a cabo este tipo de declaraciones testimoniales) y que contó con la colaboración de psicólogos que actuaron a modo de “traductores” del relato infantil, pues en este tipo de hechos, que producen graves afectaciones a la psiquis de las personas –más aún siendo una niña- se tornó indispensable tal método de recolección de prueba.
Por todo ello, la Cámara Federal confirmó también la prisión preventiva dictada contra Aguilar, quién además poseía un antecedente por un hecho similar en un juzgado federal de Buenos Aires y se repatrió a la menor, previo su asistencia psicológica y emocional, a Bolivia para ser reintegrada a su hogar.
Fuente: Oficina de Prensa Cámara Federal de Apelaciones de Salta