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    El Sistema de Control de Cárceles recomendó a jueces realizar monitoreos periódicos en alojamientos penitenciarios

    El organismo es presidido por Gustavo Hornos, juez de la Cámara Federal de Casación Penal, e integrado por magistrados, fiscales, defensores y académicos. Buscar contribuir a la realización de un más amplio y efectivo control judicial

    El Sistema de Coordinación y Seguimiento de Control Judicial de Unidades Carcelarias, quedó conformado en junio del 2013 por iniciativa del Presidente de la Cámara Federal de Casación Penal, Gustavo M. Hornos.

    Tiene como objetivo fundamental proteger los derechos humanos de las personas privadas de libertad, destacando el valor de la persona humana -que no pierde por su detención la protección de la Constitución Nacional y las leyes-, como objeto de tutela.

    Está integrado por jueces a cargo de la Ejecución Penal de la Casación, de la Cámara Federal y de la Cámara del Crimen; de Tribunales Orales y los jueces nacionales de Ejecución Penal; por la Procuración General de la Nación –Procuraduría contra la Violencia Institucional-; la Defensoría General de la Nación; la Procuración Penitenciaria de la Nación; y, en carácter de miembros consultivos, el Centro de Estudios Legales y Sociales y el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal.

    El día 21 de mayo de 2014 el Sistema emitió su III Recomendación, de fuerte impronta institucional, que fue firmado por la Procuradora General de la Nación –Dra. Alejandra Gils Carbó-, la Defensora General de la Nación –Dra. Stella Maris Martínez- y numerosos Magistrados comprometidos con los valores humanísticos del Sistema.

    En esta Recomendación se convoca a los magistrados del Poder Judicial, de los Ministerios Públicos Fiscal y de la Defensa a participar de los fines del Sistema y ,específicamente, a que efectúen monitoreos periódicos que constituyan un medio de observación con carácter permanente y estable de las condiciones de vida, régimen de detención y situaciones de violencia institucional en los establecimientos carcelarios del Servicio Penitenciario Federal y provinciales en los cuales se alojen detenidos a disposición de la justicia federal, próximos a su asiento, contribuyendo de esa manera a la realización del más amplio y efectivo control judicial (CSJN, Fallos  327:388).

    En el documento se recuerda que desde su conformación, el instituto ha procurado relevar la realidad carcelaria con el objeto de producir una transformación significativa, y en este sentido ha efectuado varios monitoreos en distintas Unidades del Servicio Penitenciario Federal –SPF- (CPF I, CPF IV, U. 31, CPF II y Unidad Nro. 7), cuyos resultados han tenido un importante impacto en la comunidad jurídica y en la sociedad en general.

    También invoca las anteriores Recomendaciones; la primera dirigida a la protección del primera y más esencial derecho del hombre: la Vida Humana.

    La II Recomendación, suscripta el 30 de octubre, se dirige a asegurar el Derecho al Debido Proceso en el trámite  sancionatorio.

    Ahora, sus miembros han considerado que, desde todo punto de vista –constitucional, político y social-, se presenta conveniente y hasta necesaria la intervención sistemática del Poder Judicial de la Nación y de los Ministerios Públicos, con el objeto de coadyuvar a los fines antes señalados.

    Lo que se busca es un cambio cultural profundo acerca de la misión de las prisiones y del rol de garante de los actores judiciales.
    Se trata de la Humanización del Poder.

     

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