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El juez federal Sebastián Casanello decidió procesar a Leonardo Fariña y Federico Elaskar por considerarlos autores del delito de lavado de activos según ley 25.246, que prevé una pena máxima de diez años de prisión. Además, trabó embargos sobre Fariña y Elaskar por 35 y 27 millones de pesos, respectivamente.
El juez decidió los procesamiento de Fariña y Elaskar teniendo en cuenta la presencia de tres circunstancias apreciables a lo largo de la investigación: 1) incrementos patrimoniales injustificados; 2) inexistencia de actividades económicas o comerciales legales; y 3) vinculación, relación o conexión con actividades delictivas –cualquiera sean éstas- o con grupos o personas relacionados con ellas. Citó convenios internacionales, doctrina y jurisprudencia local y extranjera.
Además, Casanello dispuso la inmovilización de varios inmuebles, vehículos automotores, y acciones de sociedades a los fines de asegurar los bienes para un eventual decomiso y recupero de activos. También ordenó nuevas indagatorias.