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La Sala I del Tribunal de Impugnación de Salta rechazó el recurso de apelación y confirmó el archivo de las actuaciones por la muerte de Yanina Nuesch y María Luján Peñalva “por no encuadrar el hecho denunciado en figura penal alguna”.
Las víctimas fueron vistas por última vez el 14 de julio de 2012 en las inmediaciones del barrio que habitaban y sus cuerpos aparecieron el 16 de ese mes, en Finca El Carmen.
Los jueces Abel Fleming y Adolfo Figueroa descartaron la hipótesis homicida y advirtieron que en las adyacencias no se advirtieron signos de lucha, agresión o defensa. "Las prendas, como se puede apreciar en las distintas fotografías, estaban correctamente posicionadas, sin tierra u hojas, ramas pequeñas en sus espaldas, o en otro sector, que hagan suponer un acto violento”.
"Convalida la conclusión que las muertes se produjeron por suicidio el estudio anatomopatológico realizado por la dra. Portelli sobre las muestras extraídas a ambas víctimas, donde verifica ‘signos de hipoxia compatible con asfixia’”, sostuvieron los jueces en la sentencia.
Citaron los dichos del juez de Instrucción en Transición de Segunda Nominación, Pablo Arancibia, en el sentido que “no pasan por alto los esfuerzos que también han efectuado las partes en el marco de este proceso mediante el ejercicio de las facultades que el Código Procesal les asigna, como tampoco el dolor y las implicancias sociofamiliares que un suceso de esta naturaleza lamentablemente traen aparejadas. A tal punto es así que la doctrina ha reconocido que muchas veces esos acontecimientos negativos son más fáciles de asumir si es posible atribuir responsabilidades por ellos a un tercero”.