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Marcela Silvia Almeida ingresó a trabajar en el INDEC (Instituto Nacional de Estadística y Censos) en 2003, en el área de Coordinación del Índice de Precios al Consumidor. Como delegada gremial del personal, formuló denuncias por supuesta manipulación de los datos que ese organismo daba a publicidad. A causa de esas denuncias dijo haber sufrido trato discriminatorio y persecuciones que incluyeron el bloqueo de su contraseña de ingreso al sistema informático y el retiro de su computadora y de su escritorio, hasta que en septiembre de 2007, se le impidió acceder a su oficina.
Almeida acudió a la Justicia reclamando la reinstalación en su puesto y una indemnización por daño moral. Y la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo (Sala IX), al compartir el criterio del juez de primera instancia, admitió esos reclamos por considerar probado que la delegada había sido víctima de trato persecutorio y discriminatorio como consecuencia de las denuncias efectuadas.
El Estado cuestionó esa decisión ante la Corte Suprema de Justicia.
En la sentencia dictada en el día de hoy, la Corte desestimó la queja presentada por no cumplir con los requisitos reglamentarios y por falta de agravio federal suficiente (voto del Doctor Petracchi y de las Doctoras Higthon de Nolasco y Argibay, en el primer caso y voto concurrente del Dr. Maqueda, en el segundo) con lo cual quedó dejó firme la sentencia de la cámara laboral que ordenó la reincorporación de Almeida a su puesto de trabajo en el INDEC y el pago de una indemnización por el daño moral que la delegada sufrió por la discriminación padecida.