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La Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín confirmó un fallo que había hecho lugar a una acción de amparo y, en consecuencia, ordenó a una universidad a inscribir a un joven con discapacidad motriz en la carrera de Profesorado Universitario de Educación Física.
En su presentación, el joven, que es licenciado en educación física, había alegado que la universidad le negó sistemáticamente el ingreso a la carrera, entendiendo que ese accionar “resulta discriminatorio y por ende, violatorio de sus derechos a la educación, a la igualdad y a la no discriminación”.
Según la resolución de Cámara, firmada por los jueces Daniel Mario Rudi, Alberto Daniel Criscuolo y Hugo Daniel Gurruchaga, en el estricto marco de respeto de las garantías constitucionales de acceso a un sistema educativo en todos los niveles, respetando la diversidad humana, y los talentos y creatividad de las personas con discapacidad para fomentar “al máximo el desarrollo académico y social, de conformidad con el objetivo de la plena inclusión”, la universidad “deberá en forma inmediata inscribir al accionante en la carrera del Profesorado Universitario en Educación Física en las materias faltantes. Y como consecuencia de ello y en segundo lugar, revisar los métodos de examen en cuanto a los requerimientos físicos, con los ‘ajustes razonables’ y acordes a las destrezas del actor para no resultar de imposible cumplimiento en contra de los antedichos principios de igualdad de oportunidades e inclusión académica y social”.