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El pasado 11 de febrero, la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces Juan Carlos Gemignani, Mariano Hernán Borinsky y Ana María Figueroa -quien resultó sorteada para intervenir en los presentes actuados ante la inhibición del juez Gustavo Hornos-, en el marco de la causa Nº 12.260 de su registro, resolvió, por mayoría (con la disidencia de Borinsky), declarar extinguida por prescripción la acción penal seguida contra Rolando Patricio Boyd y Gustavo Andrés Deutsch y, en consecuencia, sobreseerlos.
Los jueces Gemignani y Figueroa señalaron que el tiempo transcurrido desde los hechos -más de 14 años- sin que se haya podido arribar a una decisión jurisdiccional firme acerca de la responsabilidad de todos los presuntos responsables supera ampliamente el plazo razonable habilitado por los derechos de las víctimas o sus familiares de ver satisfecho su interés de investigación, juzgamiento y sanción de todos los responsables. Dichas garantías deben compatibilizarse con derechos y normas constitucionales inherentes al debido proceso y principio de legalidad que amparan al encausado de toda dilación jurisdiccional injustificada, por lo que debió ser atendido conforme el voto de la mayoría, el instituto de la prescripción.
El juez Borinsky rechazó el recurso del Ministerio Público Fiscal, por haber perdido vigencia su interés recursivo, dado el alcance de su pretensión punitiva (estrago culposo agravado) y sostuvo que debe estarse a lo que la Corte Suprema de Justicia de la Nación resuelva en el caso respecto del recurso extraordinario federal que la parte querellante (Asociación Civil de Víctimas Aéreas) interpuso, con motivo de la absolución de los directivos aludidos dispuesta por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 4 en 2010. En dicho recurso, en concordancia con su oportuna acusación, la parte querellante postuló la condena de Deutsch y Boyd por el delito de estrago doloso agravado.
La nueva intervención de la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal fue ordenada por los magistrados de la Corte Suprema de Justicia de la Nación al disponer suspender el trámite del recurso de la querella ante su jurisdicción, hasta tanto Casación se expida sobre el recurso fiscal interpuesto contra las absoluciones de los imputados por el delito de estrago culposo, resuelto por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 4.