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La Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó un fallo que había rechazado la acción de amparo colectiva que había iniciado el abogado Andrés Gil Domínguez contra una serie de artículos previstos en la ley 26.854, que regula las medidas cautelares en los procesos en los que el Estado Nacional o sus entes descentralizados sean parte.
Según la resolución de la Cámara, firmada el 17 de septiembre pasado por los jueces Clara do Pico, Rodolfo Facio y Carlos Grecco, “el demandante no ha demostrado que se encuentren configurados los presupuestos que la Corte Suprema examinó en el precedente ‘Halabi’ para la admisibilidad de las acciones colectivas”.
Y agregó que dado el modo en que fue planteada la acción de amparo promovida persigue la declaración general y directa de inconstitucionalidad de una ley sancionada por el Congreso Nacional y no configura, por ende, un “caso” que pueda habilitar la intervención del Poder Judicial.