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La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces Juan Carlos Gemignani, Mariano Hernán Borinsky y Gustavo M. Hornos, dictó sentencia condenatoria en la causa Nº 14.537 de su registro, caratulada “BETTOLLI, José Tadeo Luis y otros s/ recurso de casación”, que fue confirmatoria de la sentencia del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Resistencia por medio de la cual se condenó a distintos comisarios, agentes policiales, miembros de inteligencia y militares a las penas de entre 15 y 25 años de prisión.
En la causa se juzgó una multiplicidad de delitos de lesa humanidad cometidos en la provincia del Chaco –la misma región en la que se cometió la masacre de Margarita Belén–, específicamente en el centro clandestino de detención que funcionó en las dos sedes que ocupó la Brigada de Investigaciones y en la Alcaidía, todas dependencias de la Policía de la Provincia de Chaco.
En la sentencia de Casación se consideró que hechos cometidos antes del golpe militar que tomó el poder en el año 1976 pueden ser considerados crímenes de lesa humanidad y, por ende, imprescriptibles.