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Con relación a las recientes declaraciones públicas que aluden a una supuesta falta de actualización del padrón electoral en los casos contemplados por la ley de identidad de género (N° 26.743), la Justicia Nacional Electoral comunica que tales versiones carecen de todo fundamento.
Al respecto, corresponde destacar que desde la sanción de la ley 26.743 la Justicia Nacional Electoral ha adoptado todas las medidas a su alcance para procurar que el padrón electoral garantice plenamente el derecho a la identidad de los ciudadanos y ciudadanas comprendidos en las previsiones de esa norma.
En tal sentido, en el mes de septiembre de 2012 se solicitó al Registro Nacional de las Personas que informe periódicamente -y con absoluto resguardo de la privacidad de esos datos- el listado de trámites realizados por ciudadanas y ciudadanos que se atuvieron a los términos de la citada ley, aspecto que ese organismo ha correspondido con la mayor diligencia.
Posteriormente, y con base en esa información, se han instrumentado procedimientos de control de oficio a fin de que se diera el necesario impulso a las rectificaciones de tal naturaleza, procurando la obtención de la documentación complementaria en todos aquellos casos en que el trámite informado carecía de los requisitos necesarios para su incorporación al Registro Nacional de Electores.
Además, en el marco del proceso electoral en curso y durante el período de publicación de los padrones provisionales previsto para que la ciudadanía efectúe sus reclamos sobre los datos consignados en los padrones se estableció, de común acuerdo con la Federación LGBT, un canal de comunicación -a través del mail institucional padronelectoral@lgbt.org.ar- para que esa entidad receptara los reclamos informados por la propia ciudadanía, y los retransmitiera a la justicia electoral para su rectificación. Como consecuencia de ello, se han informado en total 30 casos que en el padrón provisional figuraban sin la debida actualización, y que fueron corregidos una vez obtenida la documentación exigida por el Código Electoral Nacional.
En resumen, la totalidad de los casos oportunamente transmitidos por el Registro Nacional de las Personas, que contaran con los antecedentes documentales imprescindibles para su tramitación, han sido actualizados en los padrones electorales a utilizarse en las elecciones de 2013.
Cámara Nacional Electoral, 30 de julio de 2013.