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Las salas I, II, III y IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal dejaron sin efecto sendas multas que la Secretaría de Comercio Interior de la Nación oportunamente impuso a diversas consultoras privadas, sanciones que habían encontrado sustento en que los estudios que esas firmas realizaron para determinar un índice de precios al consumidor importaron difundir “información inexacta” en los términos de la ley 22.802, de Lealtad Comercial.
En los sustancial, los tribunales consideraron que la conducta imputada no se encontraba tipificada en el artículo 9° del citado ordenamiento legal.
A continuación, la resoluciones completas:
- “FIEL c/ DNCI – Disp 164/11” - Sala I
- “Eco Go SA c/ DNCI – Disp 115” – Sala I
- “Latin Eco SA c/ DNCI – Disp 179/11” – Sala II
- “Finsoport SA c/ DNCI – Disp 116/11” – Sala II
- “Efimak SRL c/ DNCI – Disp 169/11” – Sala III
- “Bevacqua Graciela Cristina c/ DNCI – Disp 267/11 – Sala III
- “Gabriel Rubinstein y Asoc. SH c/ DNCI – Disp 163/11 – Sala IV