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En el marco de la causa N° 14.467, caratulada "Averiguación pta. inf. ley 26364 y 145 bis C.P.", del registro del Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional N° 3 de Mar del Plata, de titularidad del juez Santiago Inchausti, el pasado 17 de abril se dispuso el procesamiento de tres personas por su presunta participación en el delito de trata de personas mayores de 18 años de edad con fines de explotación sexual.
Es por dos hechos que concursan de manera real agravados por haber sido cometidos con abuso de situación de vulnerabilidad de las víctimas, por la cantidad de personas activas y por haber logrado consumar tales explotaciones, ello en concurso ideal con el delito de explotación económica de la prostitución ajena reiterado en cuatro oportunidades -dos hechos conforme la anterior redacción (art. 127 CP según ley 25.087) y dos hechos en la actual redacción con la agravante del inciso 1° de dicha norma (art. 127 CP según ley 26842), y en concurso ideal con el delito de sostenimiento, administración y regenteo de una casa de tolerancia.
Los hechos se relacionan con la actividad que se desarrollaba en un inmueble de la ciudad de Mar del Plata, donde se alojó con fines de explotación sexual a cuatro mujeres mayores de edad, que resultan ser las víctimas de autos, y quienes se encontraban en estado de vulnerabilidad dadas las circunstancias económicas, familiares, situaciones de violencia doméstica, lejanía de familiares y allegados, grado de instrucción, etc.
Dichas mujeres mantenían relaciones sexuales con clientes del lugar y el 50% de lo abonado por los mismos era retenido para sí por los imputados de autos, quienes se distribuían las tareas relacionadas al funcionamiento de dicho lugar.
Dos de las cuatro víctimas residían en el mismo lugar donde eran explotadas sexualmente, se les dio acogimiento allí dado que sus procedencias resultan de otras provincias del país, mientras que las dos restantes tienen sus propios domicilios donde residen junto a familiares en esta misma ciudad.
Sobre las dos primeras se ejercían acciones de control en cuanto a sus salidas a la vía pública, dado que eran acompañadas por alguno de los imputados, no contaban con llaves para el libre ingreso y egreso de tal lugar de residencia, en un caso se retuvo un documento de identidad y en otro el supuesto dinero de la propia víctima fruto de la actividad allí desarrollada.
En la causa actúa como fiscal Pablo Esteban Larriera, fiscal federal subrogante de la Fiscalía Federal N° 2 de Mar del Plata.
Los registros domiciliarios llevados a cabo en tal investigación, donde se produjo el rescate de las víctimas, estuvo a cargo de la Policía de Seguridad Aeroportuaria, con el acompañamiento del personal de la Oficina de Rescate y Acompañamiento a las Personas damnificadas por el delito de Trata dependiente del Ministerio de Seguridad y Derechos Humanos de la Nación.