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La Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal, con el voto conjunto de los jueces Alejandro W. Slokar, Ángela E. Ledesma y Mariano H. Borinsky, resolvió revocar el sobreseimiento de Ricardo Lona dispuesto por la Cámara Federal de Apelaciones de Salta que había considerado prescriptas las imputaciones por encubrimiento y prevaricato que recaen sobre el magistrado.
Asimismo, acogió la petición formulada por el fiscal general para que se disponga la prohibición de salida del país del ex juez federal Lona.
A Lona se le atribuye que, en su carácter de único juez federal de la provincia de Salta, omitió investigar y archivó las denuncias por privaciones ilegítimas de la libertad, desapariciones de personas y homicidios que llegaban a su conocimiento; hechos ocurridos durante la última dictadura militar.
El pronunciamiento recoge lo señalado por el fiscal De Luca, en cuanto a que “con tristeza estamos descubriendo que esos abogados fueron nombrados jueces federales para cumplir el rol de denegar justicia a cualquiera que mediante su reclamo, cuestionara o revelara el plan sistemático de eliminación de oponentes políticos”.
El tribunal de casación concluyó que la resolución de la cámara es arbitraria, porque desvinculó los delitos atribuidos a Lona del contexto en el que ocurrieron y recordó que las imputaciones se refieren “a la actuación que tuvo en su calidad de juez federal, en la investigación de hechos de homicidios y privaciones ilegítimas de la libertad de personas, ocurridos en el marco del ataque generalizado y sistemático contra la población desplegado por el último gobierno de facto”.