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Este martes se realizó la decimosexta audiencia en el marco de la causa que juzga los crímenes cometidos en el Campo clandestino de detención de La Perla y La Ribera.
El Tribunal, presidido por Jaime Díaz Gavier e integrado por Julián Falcucci, José Camilo Quiroga Uriburu y Carlos Ochoa en calidad de cuarto juez, recibieron la declaración de dos testigos de la causa, sobrevivientes del centro clandestino de detención "La Perla".
Al comenzar la audiencia, Jaime Díaz Gavier solicitó que sea leído el dictamen fiscal con relación a la recusación formulada por el abogado Jorge Agüero en la audiencia del 14 de febrero en contra de su persona, en la cual había afirmado que los integrantes del Tribunal Oral N° 1 en el año 2008 habrían recibido el pago de dinero a cambio de la dictar sentencia en el marco de la causa Brandalisis, primer juicio de lesa humanidad en Córdoba.
La secretaria del Tribunal procedió a la lectura del dictamen fiscal de fecha 27 de febrero, en el que se solicitó al juez que se tomen la siguientes medidas:
1) Teniendo en cuenta la magnitud del engaño, la inusitada gravedad del hecho atribuido, esto es, un falso testimonio agravado por la inculpación injusta de personas, con atribuciones delictivas falsas que conllevan un grave menoscabo para el honor personal y consecuente desprestigio de la administración de Justicia, como es adjudicar mendazmente cohechos inexistentes a jueces, en el marco de un despliegue destinado a obstaculizar ilegalmente el desarrollo de juicio por graves delitos, lo que permite pronosticar una eventual condena de cumplimiento efectivo, solicito se ordene la inmediata detención (CPPN., art. 283 en función del art. 282). No sólo el pronóstico punitivo hipotético es lo que fundamenta este pedido de arresto cautelar, sino también la demostrada peligrosidad procesal evidenciada por el imputado, que si no ha tenido escrúpulos en adjudicar falsamente delitos a tres magistrados de la Nación con fines espurios en procesos donde no es el perseguido penal, menos escrúpulos tendrá a la hora de hacer cualquier cosa con total de evitar que se cumplan los fines del proceso seguido en su contra, o sea, la averiguación de la verdad y la aplicación de la ley sustantiva.
2) Se cite a prestar declaración indagatoria como imputado a Jorge Agüero, ya filiado, por el delito fijado.
3) Se practique identificación dactiloscópica del imputado y obtenga informe de sus antecedentes penales.
4) Atento a que la extensión, características, y cantidad de las mentiras vertidas por el Abogado Jorge Agüero evidencian un grado de fantasía tal que, sumado a apariciones públicas incurriendo en la apostasía de autoproclamarse ser “el mesías” que ha bajado a la tierra para redimir (ver diario La Voz del Interior del 4/8/2011, p. 6 A, obrante a fs. 70), hacen pensar en la posibilidad de que la mala fe puesta de manifiesto vaya acompañada de alguna patología, desquicio, trastorno, desorden o enfermedad mental que pueda estar cursando, solicito al Sr. Juez que ordene una pericia psiquiátrica a fin de determinar el estado de sus facultades mentales, si presenta delirios, tendencia a la fabulación o la mitomanía, si puede comprender la criminalidad de sus actos y dirigir sus acciones, y si reviste peligrosidad para sí o para terceros.
5) Se comunique al Colegio de Abogados de Córdoba los hechos sucedidos.
6) Se cite a prestar declaración testimonial a los Sres. Vocales del Tribunal Oral N° 1 que intervinieron en el juicio de la causa denominada “Brandalisis”, esto es, Jaime Díaz Gavier, Carlos Otero Alvarez y José Vicente Muscará, como así también al Sr. Secretario Pablo Bustos Fierro.
El Ministerio Público Fiscal solicitó al juez:
1- Desestime parcialmente las presentes actuaciones por el hecho descripto en primer término (cohecho).
2- Tenga por promovida la acción penal en contra de Jorge Alberto Agüero, por el falso testimonio agravado, descripto en segundo término.
3- Lleve a cabo todos los actos y diligencias tendientes al esclarecimiento y averiguación del mismo.
A continuación se procedió a la lectura de lo decidido por el juez de primera instancia en la misma causa.
El Juzgado Federal N° 2 resolvió desestimar la denuncia presentada por el Dr. Jorge Agüero y procedió a la instrucción judicial en relación al requerimiento fiscal que imputa a Jorge Alberto Agüero por el delito de falso testimonio agravado.
Culminada la lectura de ambas resoluciones, el Tribunal escuchó la declaración de los dos testigos previstos para la fecha, quedando el último de los mismos en condiciones de finalizar su declaración este miércoles.
Informe: Natalia Brusa (Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba y José Ferrer (Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°1 de Córdoba).