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La jueza Claudia Pieske de Consolani, a cargo del Juzgado Civil y Comercial N° 4 de la provincia de Formosa, ordenó a la empresa Facebook Argentina S.R.L. la inmediata eliminación de todo contenido o dato referido a una persona, tanto respecto a su vida personal como a su actividad laboral.
Asimismo, la magistrada dispuso que la empresa deberá “abstenerse en el futuro de habilitar el uso de enlaces, blogs, foros, grupos, sitios de fans, etc. que injurien, ofendan, agredan, vulneren, o menoscaben la intimidad personal o laboral de la peticionante”.
En el caso, la damnificada solicitó una medida cautelar autosatisfactiva contra Facebook, al constatar que la titular de una cuenta de esa red social había publicado conceptos injuriantes, agraviantes y ofensivos contra su intimidad personal y su actividad laboral.
En su fallo, la jueza afirmó que “frente a publicaciones injuriantes provenientes de un particular y dirigidas a una persona en particular no pueden prevalecerse bajo el escudo de la libertad de expresión como una suerte de licencia para agraviar, debiendo en tal caso cesar la afectación a los derechos personalísimos de la persona injuriada”.
Asimismo, aseguró que “se ha acreditado la verosimilitud de la pretensión por cuanto se pretende que la firma demandada Facebook Argentina SRL retire todo contenido referido a la persona de la actora”.