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El juez de Instrucción Formal de Quinta Nominación de Salta, Pablo Arancibia, dictó el procesamiento de un hombre como probable autor responsable del delito de homicidio agravado por el vínculo y por la relación con la víctima, aplicando el inciso 1° del artículo 80 del Código Penal, modificado por ley 26.791, de Violencia de Género.
El hecho cuya autoría se le imputa al acusado se produjo el 30 de diciembre del año anterior, en El Bordo, cuando se encontraba junto a su ex pareja y le disparó con un arma de fuego calibre 22, provocándole la muerte.
La prueba física y testimonial “demuestra la existencia de un atentado contra la vida ejecutada por el imputado que, lamentablemente, llegó a la consumación”, señaló el juez.
La conducta del hombre fue encuadrada en el actual artículo 80, inciso 1°, del Código Penal, ya que el agresor había mantenido con la víctima una relación de pareja habiendo incluso convivido en algún momento. Fruto de esa convivencia nació un hijo.
La ley 26.791 fue publicada en diciembre último y agregó este supuesto que agrava la calificación en la que fue encuadrada la conducta del atacante.
Oficina de Prensa y Comunicaciones
Poder Judicial de Salta