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    Lesa humanidad: separan a conjuez que alegó presiones

    La Cámara de Casación Penal admitió un pedido de recusación contra un abogado designado conjuez en una causa en Santa Fe. Antes, el letrado se había excusado alegando razones de violencia moral y psíquica. Fallo completo
    Lesa humanidad: separan a conjuez que alegó presiones

    La Sala II de la Cámara Nacional de Casación Penal hizo lugar a un pedido de recusación y apartó a un conjuez de una causa en la que se investigan delitos de lesa humanidad.

    Así, el tribunal convalidó el planteo de una defensora pública contra el abogado Martín Gutiérrez, designado conjuez ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe en la causa “Brusa”, en base a las sospechas de parcialidad a partir de que el letrado se habría excusado para seguir interviniendo en el caso, alegando razones de violencia moral y psíquica.

    Sucede que Gutiérrez había pedido se lo excuse del caso “como consecuencia de la Sentencia dictada por al Sala II de la Cámara Nacional de Casación Penal disponiendo el cese de la prisión preventiva de imputados por delitos de lesa humanidad, la propia Presidente de la Nación como el Secretario de Derechos Humanos de la Nación, el Ministro de Defensa de la Nación y la Diputada Diana Conti, entre otros funcionarios públicos y legisladores, fueron contestes en señalar, entre varias otras expresiones, que quienes tienen la responsabilidad de entender -como el suscripto- en los procesos en los que se investigan delitos de lesa humanidad, y, cuando emiten fallos que resultan contrarios a las pretensiones -condenatorias o de medidas de seguridad- perseguidas por el Estado Nacional, `comparten la ideología represiva´, `favorecen a los represores del genocidio´, deben ser, sometidos a jury de enjuiciamiento o a procesos por delitos comunes@.

    También había expresado que esa Aclara injerencia del Poder Ejecutivo y Legislativo en el ámbito del Poder Judicial@ han atemorizado a su familia y a él mismo, lo que lo llevó a perder cualquier posibilidad de mantenerse imparcial para actuar en el marco del proceso donde se encuentra ejerciendo el cargo de conjuez.

    Y agregó: ALa mera posibilidad de exponer públicamente, en primer lugar a mi familia y luego a mi persona, de ser considerado pro-genocida o que una resolución que se dicte en el ámbito de este tribunal sea entendida que fue dictada con el ánimo de favorecer a un imputado por delitos de lesa humanidad -mas allá del principio de inocencia, que a partir de ahora se ha puesto en crisis y no rige a su respecto o de las leyes que corresponda aplicar -me obligarían, por coacción y violencia moral y psíquica, a tomar en el futuro un solo tipo de decisión judicial, la que resulte contraria a los intereses o derechos de los imputados y que beneficie o sea conteste con los intereses del Estado, aunque pudiera tener hipotéticamente la intima convicción de su antijuridicidad o injusticia, lo que me impedirá obtener paz interior, pero brindará paz social a mi familia@.

    Frente a ello, la Cámara de Casación Penal hizo lugar al planteo recusatorio y aseguró que Gutiérrez “ha perdido el equilibrio e imparcialidad que es presupuesto del ejercicio de la jurisdicción y de las garantías del debido proceso y la defensa en juicio”.

    Y detalló que “no se trata por lo demás de un juez permanente del Poder Judicial, sino de uno designado para reemplazar a un juez permanente recusado, por lo que el reconocimiento sólo tiene alcance y efectos en el marco de la subrogación que desempeña”.

    En consecuencia, dispuso apartar al conjuez recusado y remitir la causa a la Presidencia de esa cámara a fin de que se designe un juez reemplazante.

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