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    Modificaron condena de una mujer acusada por su complicidad en un homicidio

    Lo decidió la Corte de Justicia de Salta. Le impuso a la imputada la pena de doce años de prisión. En el juicio había sido condenada a cinco años de prisión, en tanto que a los otros dos responsables se les dictó prisión perpetua

    La Corte de Justicia de Salta en feria hizo lugar parcialmente a un recurso de casación y modificó la condena impuesta por la Cámara Primera en lo Criminal a Claudia Soledad Luna por el delito de robo en despoblado y en banda, imponiéndole la condena de doce años de prisión por ser cómplice secundaria del delito de homicidio calificado criminis causae.

    La mujer había sido condenada a cinco años de prisión en la misma resolución en la que se impuso a Jorge Antonio Guerrero y Manuel Alberto Coronel la pena de prisión perpetua como coautores penalmente responsables de ese mismo delito.

    Guerrero, Coronel y Luna participaron, según quedó probado en el juicio oral, del homicidio de Enrique Omar Luna. Los hechos se produjeron el 18 de enero de 2008, en proximidades del arroyo Salado en Rosario de la Frontera cuando intentaron apoderarse de los bienes de la víctima, entre ellos el remise que conducía.

    Los dos hombres acusados golpearon al chofer aún cuando estaba en el suelo con un elemento metálico, ocasionándole lesiones de magnitud que condujeron posteriormente a su deceso.

    Respecto de Luna, la Cámara en lo Criminal había considerado que participó sólo en el delito de robo calificado en despoblado y en banda.

    La Corte de Justicia en feria advirtió que esta acusada participó en un plan común. Incluso en su indagatoria, Luna afirmó que Guerrero le dijo si quería que matara a su concubino y dijo haber escuchado cuando éste hablaba con un amigo en la vecina provincia para conocer si la policía lo estaba buscando.

    Estas últimas circunstancias llevaron a que además el Máximo Tribunal provincial ordenara que la Cámara Primera en lo Criminal remita los antecedentes al Fiscal de la provincia de Santiago del Estero que por turno corresponda.

    Respecto de la participación de Luna en el hecho, recordó la Corte de Justicia en feria que su condición de mujer otorgó cierto margen de confianza a la víctima para, en horas de la noche aceptar el viaje de Metán a Rosario de la Frontera y “consentir el cambio repentino de itinerario que lo alejó del destino y lo ubicó en un lugar descampado propicio para culminar la empresa criminal”.

    La participación de la mujer incluyó el traslado a Metán para tomar el remise, abandonar a la víctima y el raid posterior para ocultar los rastros del hecho donde Luna tuvo activa participación.

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