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La Cámara Federal de Casación Penal resolvió, por mayoría, rechazar el recurso de casación deducido contra la denegatoria del arresto domiciliario solicitado por la defensa de la condenada Ana María Fernández en el marco de las prescripciones del artículo 32, inciso f) de la ley 24.660, modificada por la ley 26.272.
El voto mayoritario entendió que, al presente, ni la salud del niño ni la de su madre están en riesgo, que la unidad de detención del Servicio Penitenciario donde se encuentra alojada Fernández cuenta con sectores para albergar a madres con hijos y los elementos necesarios para brindar el cuidado que requieren los menores, que el bebé no se encuentra en situación de desamparo ni de inseguridad material o moral y que la decisión de mantenerlo consigo es del resorte decisivo de su progenitora, habida cuenta que su pareja no se encuentra impedida de hacerse cargo en la medida de sus posibilidades; razones por las cuales la decisión recurrida resguarda la relación materno filial y el interés superior del niño.
El voto minoritario consideró, con fundamento en el interés superior del niño, que resulta suficiente para conceder el arresto domiciliario la circunstancia de que la recurrente es la madre biológica que amamanta a su hijo y que el contexto de nuestras cárceles no es el más adecuado para que un niño en sus primeros momentos de la vida permanezca allí.