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El juez de Instrucción Formal de Primera Nominación de Salta, Martín Pérez, dictó el sobreseimiento de Walter Orlando Lasi en el hecho principal en la causa por el doble homicidio de las turistas francesas Cassandre Bouvier y Houria Moumni.
“No se verifica relación alguna entre la actividad de Walter Lasi el día 15 de julio de 2011 y la muerte de las víctimas en el Mirador de la Quebrada de San Lorenzo. Las pruebas incorporadas y sugeridas en una primera oportunidad por la Cámara de Acusación, fueron producidas y sus resultados no aportan elementos de convicción para sospechar que Walter Lasi haya estado en el lugar donde fueron violadas y asesinadas las jóvenes francesas”, sostuvo el juez.
Tanto la nueva pericia telefónica como la realizada originalmente por la Brigada de Investigaciones de la Policía confirmaron que no existieron comunicaciones entre Walter Lasi y los imputados Daniel Vilte y Santos Clemente Vera en los días cercanos y el propio día del hecho. No hay “elementos de convicción susceptibles para generar un cambio en el sentido incriminador para determinar la responsabilidad penal de Walter Lasi”, apuntó el Juez.
Consideró asimismo que se encuentra agotada la investigación respecto de la participación de Walter Lasi en el hecho principal, considerando entonces que corresponde dictar el sobreseimiento a su favor.
Como se recordará, la Sala II del Tribunal de Impugnación dictó la revocatoria del auto de sobreseimiento de Walter Orlando Lasi y requirió la realización de una medida probatoria propuesta por la Fiscalía Penal 1 que consistía en determinar la existencia o no de comunicaciones telefónicas entre Lasi y los demás imputados en la causa a fin de establecer si hubo o no participación del mismo en el hecho principal.
La nueva pericia telefónica fue realizada por el Departamento de Criminalística del Centro de Investigaciones Fiscales (CIF) del Ministerio Público sobre seis aparatos celulares. Esta pericia se hizo en forma conjunta con el Poder Judicial de Córdoba a partir de un convenio existente con el CIF.
La causa está identificada coom “doble homicidio calificado criminis causa con abuso sexual agravado y robo calificado en concurso real”. Esta calificación ya fue confirmada oportunamente por la Cámara de Acusación.
Por este delito están procesados Gustavo Orlando Lasi, Daniel Octavio Eduardo Vilte Laxi y Santos Clemente Vera, por considerarlos coautores provisorios.
Salta, 28 de diciembre de 2012
Oficina de Prensa y Comunicaciones
Poder Judicial de Salta