CENTRO DE INFORMACIÓN JUDICIAL AHORA EN TELEGRAM
SUSCRIBITE A NUESTRO CANAL Y RECIBÍ LAS ÚLTIMAS NOTICIAS
CENTRO DE INFORMACIÓN JUDICIAL AHORA EN TELEGRAM
SUSCRIBITE A NUESTRO CANAL Y RECIBÍ LAS ÚLTIMAS NOTICIAS
El próximo martes, la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces Mariano H. Borinsky, Juan Carlos Gemignani y Gustavo M. Hornos, llevará a cabo la audiencia de informes prevista en el artículo 468 del C.P.P.N. en la causa Nº 13.059 de su registro, caratulada “Facino, Mario José s/ recurso de casación”, en la que se investigan crímenes contra la humanidad cometidos en el último gobierno militar en la provincia de Santa Fe.
En dicha ocasión la defensa de Mario José Facino –parte recurrente– podrá alegar sobre el recurso de casación presentado contra la sentencia del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe, que lo condenó a la pena de 23 años de prisión e inhabilitación absoluta y perpetua, y accesorias legales, en su carácter de comisario de la Comisaría IV de Santa Fe.
Según informaron desde el tribunal, uno de los puntos del planteo realizado es respecto qué circunstancias las condiciones de detención pueden configurar el delito de tormentos, cuestión que el Máximo Tribunal penal del país deberá resolver al momento de dictar sentencia.
La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal ha resuelto, en lo que va del año, ocho sentencias definitivas en causas en las que se investigan crímenes contra la humanidad cometidos en la última dictadura (causa “Reinhold” registro 137/12, en la cual se investigaron hechos constitutivos de delitos de crímenes contra la humanidad cometidos en el centro clandestino de detención conocido como “La Escuelita”; “Molina” registro 162/12, en la que se consideró por primera vez en la historia jurídica argentina que delitos contra la integridad sexual -violaciones- constituyen delitos de lesa humanidad; “Rezett”, registro 516/12, en la que se analizó un ejemplo de la cruel metodología utilizada por la última dictadura al perpetrar los trágicos sucesos que sucedían en la época; “Arrillaga”, registro 743/12, en la que se condenó por crímenes cometidos en el centro clandestino de detención con sede en la Base Naval de Mar del Plata; “Olivera Róvere”, registro 939/12, en la que se juzgaron las responsabilidades de las máximas autoridades del que fuera Primer Cuerpo de Ejército, y se condenó a los Jefes de Área de la Subzona Capital Federal –que habían sido absueltos por el Tribunal Oral-; “Soza”, registro 1191/12, en la que la casación revocó el sobreseimiento y la falta de mérito dictada por la Cámara Federal de Apelaciones de General Roca respecto de Jorge Alberto Soza, quien a la época de los hechos se habría desempeñado como Segundo Jefe de la Policía Federal de Neuquén; “Liendo Roca”, registro 1242/12, en la que el tribunal casatorio, con cita de la jurisprudencia nacional e internacional vigente –que incluyó el célebre antecedente del “Caso de los jueces” que tuvo lugar en el marco de los juicios de Nüremberg– y de la doctrina más autorizada sobre la materia, estableció que constituyen delitos contra la humanidad y, en consecuencia, son imprescriptibles los cometidos por un juez y un fiscal durante la última dictadura en tanto toleraron la comisión de crímenes de lesa humanidad; y “Greppi”, registro 1404/12, en la que se confirmaron las condenas de Néstor Omar Greppi, Omar Aguilera, Roberto Oscar Fiorucci, Carlos Alberto Reinhart, Néstor Bonifacio Cenizo, Athos Reta, Oscar Yorio y Hugo Roberto Marenchino por crímenes contra la humanidad cometidos en la Provincia de La Pampa, en la Subzona 1.4, dependiente del Primer Cuerpo del Ejército, durante la última dictadura).