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    El juez Casanello procesó a Lázaro Báez y 26 personas más por integrar una banda dedicada al lavado de dinero entre los años 2010 y 2013

    Ordenó embargos y ratificó las prisiones preventivas. El procesamiento incluye a los cuatro hijos de Báez, por ser los beneficiarios de un entramado societario que controlaba cuentas en Suiza por las que se habrían canalizado unos 60 millones de dólares

    En una resolución de 750 páginas, el juez federal Sebastián Casanello dictó un nuevo auto de procesamiento que alcanzó a 27 imputados implicados en la causa que investiga el lavado de dinero de Lázaro Antonio Báez, por integrar una banda dedicada al blanqueo de capitales, delito que prevé penas que van desde los cuatro años y medio hasta los 13 años y 4 meses de prisión. El pronunciamiento incluyó también a sus cuatro hijos, Martín, Leandro, Sabrina y Melina Báez, por ser los beneficiarios finales de un entramado societario offshore que controlaba cuentas bancarias en la Confederación Suiza a través de las cuales se habrían canalizado unos U$S 60.000.000 (sesenta millones de dólares) entre finales de 2010 y principios del año 2013.

    Sobre la base de la labor investigativa llevada adelante por el juzgado y la fiscalía en los últimos años, el juez realiza un análisis integral sobre más de dos docenas de hechos de lavado de dinero que fueron denunciados por distintos actores a lo largo de la investigación, del modo en que le fue requerido por la Sala II de la Cámara de Apelaciones, en su fallo del 10 de marzo del corriente año, como paso previo al inicio del juicio oral y público.

    La resolución expone cómo durante los últimos meses del año 2010, Báez comenzó a gestar, a través de Leonardo Fariña, un esquema de lavado de activos que incluyó el envío al exterior, a través de financieras del microcentro porteño, de millonarias sumas de dinero ilícito originadas en el extendido esquema de corrupción institucional investigado por el Dr. Julián Ercolini en la causa n° 15.734/2008, iniciada en virtud de la denuncia por asociación ilícita que la diputada nacional Elisa Carrió formuló contra Néstor Kirchner, Cristina Fernández, Julio de Vido y Lázaro Báez –entre otros- en el año 2008.

    En ese contexto, se tuvo por probado que, en enero de 2011, Fariña adquiere a Federico Elaskar con dinero de Báez la financiera SGI Argentina, con oficinas en Puerto Madero, desde donde se dirigen las operaciones de lavado de la banda y se gestiona la formación de una estructura jurídica y bancaria en el extranjero para albergar el dinero expatriado.

    Posteriormente, el juez realiza un relevamiento de todo el entramado societario y bancario utilizado para resguardar el dinero en el exterior (Suiza, Panamá, Belice, Uruguay, España, Estados Unidos, etc.) mediante un análisis de las evidencias colectadas durante la investigación, que incluyen aquellos documentos remitidos por la justicia federal suiza como producto del proceso de cooperación que se entabló con las autoridades de la Confederación Helvética.

    Finalmente, se aborda la maniobra fraudulenta a partir de la cual, según el juez, Báez reingresó al país parte de esa fortuna, con el auxilio de la sociedad suiza Helvetic Services Group, mediante la compra en el extranjero de bonos de la deuda pública argentina por un valor aproximado de 33 millones de dólares que fueron inmediatamente liquidados en el mercado de valores de la ciudad de Rosario. El producido de esa venta (208 millones de pesos) fue abonado a Helvetic Services Group mediante el libramiento de nueve cheques, que fueron endosados en favor de Austral Construcciones, para que esta empresa los deposite en su cuenta bancaria del Banco de la Nación Argentina, sucursal Plaza de Mayo, en una operación que se intentó disfrazar bajo el ropaje de una emisión de acciones preferidas de Austral.

    A lo largo de la resolución, el juez desarrolla también más de una docena de maniobras de lavado de dinero que fueron llevadas a cabo en el mercado local, principalmente con ganancias derivadas de los fondos de Báez considerados “sucios” y que incluyeron la adquisición, entre otros muchos bienes inmuebles y muebles, de una estancia de cinco millones de dólares en la provincia de Mendoza y de dos automóviles de la marca italiana Ferrari. También se detallan las operaciones efectuadas por SGI Argentina durante la presidencia de Federico Elaskar. Todo ese cuadro se completa con un detallado análisis de la evolución patrimonial de cada uno de los imputados durante el periodo investigado.

    Asimismo, el magistrado mantuvo el encarcelamiento preventivo de Lázaro Báez, del contador Daniel Pérez Gadín y del abogado Jorge Chueco y trabó embargos de hasta diez mil quinientos millones de pesos a cada uno de los acusados. También ordenó embargos millonarios sobre el patrimonio de once personas jurídicas, entre las que se encuentra Austral Construcciones SA, por encontrarlas penalmente responsables en los términos del art. 304 del C.P.

    En esa dirección, realizó un repaso de la labor de recupero de activos llevada adelante por el juzgado conjuntamente con la Fiscalía del Dr. Marijuán, en el marco de la cual ya se han entregado al Estado Nacional ciento cuarenta y cuatro máquinas viales y dos aviones, y que cuenta con un total de $2.734.711.500 en bienes que fueron localizados y cautelados a los fines de su decomiso y retorno a las arcas estatales.

    Por último, encontrándose concluida la etapa de recolección de evidencias y siguiendo el criterio adoptado por el Dr. Bonadío en la causa conocida como “Los Sauces”, remitió los hechos a conocimiento del juez Ercolini para que se evalúe la responsabilidad de Cristina Kirchner en el marco de la asociación ilícita de la cual se deriva su imputación, de modo tal que el equipo de fiscales que lleva adelante la investigación prepare una única acusación conglobada para afrontar el “mega juicio” contra los integrantes de la banda.

    El juez Casanello, con la asistencia técnica de profesionales de la Administración Federal de Ingresos Públicos, continuará con la investigación sobre las entidades financieras señaladas por Fariña como las facilitadoras de la fuga del dinero al exterior.

     

    Informe: Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 7

     

    DATE      : 2024-03-28 09:41:47
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